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Entorno Familiar

Ley de Inclusión y Protección Integral para Personas con Trastorno del Espectro Autista y Trastornos del Neurodesarrollo

2 de septiembre, 2026
Ley de Inclusión y Protección Integral para Personas con Trastorno del Espectro Autista y Trastornos del Neurodesarrollo
Recientemente se ha promulgado una legislación fundamental orientada a transformar la realidad social y mejorar la experiencia de vida de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), trastornos del neurodesarrollo y condiciones similares en el país.

El objetivo central de esta normativa es facilitar el acceso a programas, beneficios y servicios más expeditos y eficientes en áreas tan vitales como la salud, la educación, el trabajo y la vida en comunidad, logrando así un diagnóstico oportuno y eficaz que permita alcanzar una existencia plena.

La ley define con claridad un marco conceptual unificado que abarca desde los trastornos del neurodesarrollo y el déficit de atención e hiperactividad (TDAH) hasta los trastornos del aprendizaje, el síndrome de Rett y la discapacidad intelectual, asegurando que el lenguaje técnico sea homogéneo para todos los sistemas de atención.

Asimismo, se ordena al Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud y Protección Social y del Ministerio de Educación Nacional, la creación de políticas públicas específicas, rutas de atención integral en salud, y programas de capacitación y sensibilización destinados tanto a profesionales de la salud, cuyo cumplimiento debe constar en el RETHUS, como al cuerpo docente de instituciones públicas y privadas.

Un aspecto clave de esta normativa es la implementación del Certificado Único de Trastorno del Neurodesarrollo, un documento voluntario expedido por centros especializados que facilita el acceso a múltiples beneficios institucionales, incluyendo la exoneración del servicio militar obligatorio. Adicionalmente, se promueve la inclusión laboral efectiva mediante estrategias de estímulo en los sectores público y privado, el apoyo al emprendimiento para los pacientes y sus cuidadores, la consolidación de estadísticas poblacionales a través del DANE y la creación de un Comité Nacional de Inclusión encargado de fiscalizar el cumplimiento de estas disposiciones.

Señales de alerta
1. Durante los primeros meses de vida (etapa de lactantes): Falta de respuesta a estímulos auditivos o visuales, ausencia de sonrisa social o escasa interacción con los cuidadores, lo cual altera la adquisición inicial de habilidades de atención y percepción.
2. A partir del primer año y etapa de toddler (1 a 3 años): Ausencia de balbuceo, falta de respuesta al llamado por su nombre, retraso en la emisión de primeras palabras o dificultad para establecer contacto visual y socializar con otros.
3. Etapa preescolar (3 a 5 años): Presencia de patrones de conducta restringidos y repetitivos, problemas marcados en la comunicación verbal o no verbal, y dificultades graves para interactuar con sus pares en entornos sociales o lúdicos.
4. Etapa escolar (a partir de los 6 años en adelante): Falta de aptitud o retraso notorio en el desarrollo de habilidades esperadas para la edad, como un dominio adecuado del lenguaje, dificultades persistentes en la lectura (como la decodificación de palabras) o alteraciones globales en los procesos cognitivos y funciones ejecutivas que impiden realizar las tareas propias de su etapa escolar.

¿Cuándo buscar apoyo?
Se recomienda consultar con un profesional si observas que las características conductuales o las alteraciones en el neurodesarrollo persisten e interfieren de manera clara con la cotidianidad, la socialización o el aprendizaje, con el fin de activar las rutas de atención integral y garantizar el acceso oportuno a los apoyos consagrados en la ley.

Fuente:
Congreso de la República de Colombia. (2026). Ley No. 2628 del 26 de agosto de 2026: Por medio del cual se establecen medidas, servicios y mecanismos de atención integral, para la protección e inclusión de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), trastorno del neurodesarrollo y en condiciones similares, y se dictan otras disposiciones.

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